HOMOLOGACIÓN

El imperativo de homologar en el Ente Nacional de Comunicaciones.

Si UD. importa, distribuye ó fabrica, equipos de Telecomunicaciones ó de Radio que estén comprendidos en la Resolución Nº729/80 (comprenden en general equipos que irradien por antena al espectro radioeléctrico o bien que se conecten a la red pública de telefonía) de la Secretaría de Comunicaciones, para ser comercializados dentro del territorio de la República Argentina, los mismos deben estar homologados por la Enacom

Los riesgos de utilizar un equipo no homologado van desde que, sencillamente, no funcione, o que no pueda interactuar bien con las redes y con otros equipos, a que interfiera el funcionamiento de otros equipos o irradie en un rango de frecuencias reservados para servicios celulares, de comunicación de datos, etcétera.

Además equipos que no han sido homologados no cuentan con la autorización de la Secretaría de Comunicaciones (SECOM) y por tanto sus usuarios se ven impedidos de registrarlos en redes propias ó de terceros, ó de vincularlos a redes de uso público. Dichos equipos son pasibles de decomiso por parte de la Enacom y se labran multas por infracción a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor a quienes los comercialicen. El procedimiento para efectuar denuncias por Interferencias electromagnéticas se detalla en la Resolución Nº 275/2002.

Otro problema que aparece en la práctica es, por ejemplo, en la parte de telefonía. Cuando se presiona un dígito, se genera una determinada frecuencia y esta frecuencia tiene una tolerancia, que es la misma que admiten las centrales públicas. Podría pasar que alguien llamara a un IVR (“Interactive Voice Recognition”) y que ese sistema no pudiera reconocer el dígito por estar la frecuencia fuera de tolerancia, entonces fracasa una consulta bancaria o la inserción de una tarjeta prepaga.

Por los inconvenientes arriba mencionados últimamente, hubo mucha intervención de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y Defensa del Consumidor, y de la Enacom., que se encuentran haciendo inspecciones. La consecuencia de ello es que se quiere volver, y se va a volver, a un decreto previo a la época del ministro Domingo Cavallo (que lo anuló) en donde todo lo que se importaba debía ser homologado.

Se ha visto que proveedores de equipos fabricados en el Exterior, al ver que en la Argentina se podía entrar sin hacer las mediciones de homologación, mandaban equipos que no servían o donde el control de calidad daba fuera del rango. Eso llevó a que entrara una gran cantidad de equipamiento sin homologar. Hoy estamos en esta situación, pero las autoridades actuales quieren revertirlo.

Que se pueda importar equipo sin haberlo homologado, no significa que esa misma libertad exista para comercializarlo o usarlo. Los fabricantes, los importadores y, en algunos casos donde no hay representante, los mismos usuarios, deben realizar este trámite antes de poner en funcionamiento los equipos.

Para homologar todos estos equipos los responsables van a un especialista, que es un ingeniero matriculado en el COPITEC. Ese técnico o ingeniero, con un certificado de encomienda y la autorización del fabricante o importador lo lleva a un Laboratorio autorizado por la Enacom. para realizar las mediciones correspondientes a los ensayos, según el protocolo de ensayo de cada familia de equipos.

El informe con los resultados de los ensayos es una parte de una carpeta mucho más completa que el ingeniero matriculado presenta ante la Enacom., en donde también incluye folleto traducido, descripción de las funcionalidades del equipo, diagramas en bloque, descripción de ingeniería y fotos. En base a eso, la Enacom emite o no la autorización.

Otro tipo de homologación corresponde a equipamiento de computación que no caiga dentro de las categorías antes citadas. Equipos de computación, impresoras de red, routers o switches de LAN necesitan una homologación sin ensayo ó también llamada codificación, realizada por un ingeniero matriculado. Ese ingeniero bien podría pertenecer a la misma empresa que lo fabrica o importa.